Analizaremos las causas , si hay retribución y si hay reserva del empleo. 1. Por acuerdo de las dos partes; tanto la retribución como la reserva depende del acuerdo al que hayan llegado ambas partes. 2. Incapacidad temporal de los trabajadores (baja), hay retribución de la S. Social, hay una duración hasta la recuperación o una duración máxima de 12 meses + 6 meses, y pasa a ser invalidez permanente dos años después. Contingencias comunes ya sean accidente ordinario o enfermedad común de 0-3 días 0% de retribución, 4-20 60%, y de 21 en adelante 75%; mientras que las contingencias profesionales ya sean accidente de trabajo o enfermedad profesional, desde el primer día ya es un 75% de retribución y en ambos casos hay reserva de empleo. 3. Maternidad: retribución de la Seguridad Social del 100% y una reserva con carácter absoluto. 4. Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria: si es detención de 72 horas con prisión provisional o LIB provisio...
Comentarios
Publicar un comentario