Analizaremos las causas , si hay indemnización , si hay prestaciones por desempleo y si hay requisitos : 1. Acuerdo: la indemnización dependerá del acuerdo al que se ha llegado, no hay prestaciones por desempleo y como requisito, es normalmente por escrito. 2. Dimisión: si es voluntaria no hay ni indemnización ni prestaciones, y se requiere un preaviso (el que diga el convenio colectivo). Y si es forzada, como indemnización puede haber modificaciones (20 días/año) o según el art. 50 del estatuto de los trabajadores, 33 días/ año con 24 mensualidades como máximo, ambas tendrían prestaciones por desempleo, y como requisito, habría que hacerlo ante un juez. 3. Muerte, invalidez, incapacidad permanente: en el caso de muerte no hay indemnización a la persona pero sí podría haberla a los familiares dependiendo cual haya sido la causa de tal echo; por incapacidad, si es parcial no, si es total un 55% + 20%, si es absoluta un 100% y si es una gran invalidez un 100% más el % ...